La comunidad LGBTI
(lesbianas, gais, bisexuales, transexuales e intersexuales) constituyen una
población vulnerable sujeta a discriminación y por tanto, requieren de una
protección especial por parte del Estado. La firma y ratificación de casi la
totalidad de las declaraciones, pactos, convenios e instrumentos
internacionales de protección y promoción de los derechos humanos, pasan a
tener jerarquía constitucional según el artículo 23° CRBV.
En este sentido el
derecho a la igualdad como norma rectora de gran parte de la legislación
internacional tiene una dimensión obligatoria para los estados, por tanto el
estado debe abstenerse de distinguir indebidamente entre las ciudadanas y
ciudadanos para el respeto de sus derechos.
En lo que se refiere a las “PERSONAS TRANS” termino que alude a un conjunto de personas que al nacer han sido asignadas a un sexo biológico que no corresponde con la identidad que desarrolla en el transcurso de su vida, son víctimas de violencia, hostigamiento, discriminación, exclusión, estigmatización y prejuicios debido a su identidad de género.
Esta situación se acentúa aún más en el caso de las personas de género masculino que asumen su identidad de género femenina (MUJERES TRANS) evidenciado en:
Violaciones al derecho a la identidad, la salud, el libre tránsito, libertad y seguridad personal; expulsión del seno familiar en el mayor de los casos; maltrato y exclusiones en los centros de estudios; La falta de documento de identidad adecuado les impide el disfrute de sus derechos garantizados por la constitución y el poder ejercer otras formas de trabajo distinto al de peluquería y comercio sexual; además de ser víctimas de recurrentes amenazas y violaciones a los derechos humanos por parte de organismos e impunidad ante las demandas de justicia por crímenes de odio, violencia domestica, agresiones callejeras, violaciones, lesiones y asesinatos; sufren extorsión y cobro de vacuna por parte de cuerpos de seguridad del estado y bandas delictivas; y exposición al consumo de drogas lícitas e ilícitas.
En este contexto se ha desenvuelto Ariamna Jiménez o Jean Jiménez, según consta en su cédula, ante la imposibilidad de poseer sus documentos legales de acuerdo a su identidad y expresión de género, nació en Ciudad Bolívar el 02 septiembre de 1987, estudio hasta el tercer año de secundaria, debido a los actos de discriminación a los que era sujeta en un liceo de la parroquia La Sabanita, a la edad de 15 años, en el 2003 se traslada a la ciudad de Caracas, tras el sueño de transformar su apariencia, ya que en su pueblo natal vivía con limitaciones económicas y la imposibilidad de que su madre y familiares la ayudaran a alcanzar eso que tanto anhelaba “ser toda una mujer”.
Una vez en la capital a muy temprana edad se inicia en el comercio sexual pero, ante el terrible escenario de violencia y marginación que vivió en la avenida Libertador y la insistencia de su madre y hermanos, decide volver a su ciudad de origen, donde se desempeñó como estilista en un reconocido centro comercial, unos meses después tras recibir una mejor propuesta de empleo decide irse a trabajar como encargada de una peluquería en la población de La Paragua.
El 18 de julio del 2013
Ariamna manifiesta ser víctima de extorsión por parte de funcionarios de la
Guardia Nacional Bolivariana, tras negarse a ceder a dicha extorsión,
presuntamente, le siembran droga y es puesta a la orden de la Fiscalía 5° en
materia de droga quienes solicitan al tribunal su reclusión en el centro
penitenciario Vista Hermosa, recinto del cual fue rechazada por considerar que
debido a su grado de vulnerabilidad por ser mujer transexual no se garantizaba
su integridad física, posteriormente fue remitida a el Centro Policial
Patrulleros de Angostura donde, alega fue objeto de humillaciones, burlas y
maltratos durante la espera de la audiencia preliminar.
En medio de ésta el tribunal le otorga la medida de arresto domiciliario considerando su sensible situación, acentuada aún más por su identidad y expresión de género y una complicación medica que ha venido presentando a causa de implantes de biopolimeros en sus glúteos, esto avalado bajo dos informes médico forense que reposan en su expediente.
De acuerdo a la información suministrada por sus familiares, meses después cuando es presentada a juicio ante el juez de la causa y el Fiscal Titular , la defensa pública y el fiscal proponen a Ariamna, bajo la promesa de mantener siempre la medida de arresto domiciliario, que asumiera el delito impuesto por la GNB para darle celeridad a su causa, lo que resultó una vil mentira puesto a que actualmente el tribunal de ejecución a cargo de la jueza segunda de ejecución en Ciudad Bolívar, revocó la medida de arresto domiciliario con la posibilidad de ser recluida en un recinto penitenciario para hombres donde podría correr riesgos y no se garantiza el derecho a la vida y a la salud.
La situación actual de Ariamna en cuanto a la salud, se está viendo afectada a causa de los implantes de biopolimeros que se colocó en sus glúteos durante su estadía en Caracas sin las adecuadas condiciones de salubridad y sin prescripción médica especializada. Ariamna y sus familiares se encuentran afectados, ante la posibilidad de que ella finalmente sea trasladada al Internado Judicial de Vista Hermosa.
Acciones
adelantadas por familiares
Su hermano y su mamá, han acudido a diferentes instancias gubernamentales como la Defensoría del Pueblo, Defensoría de la mujer, Defensa Pública, y de sociedad civil como Venezuela Diversa, Diverlex, Orgullo Guayana y Divas de Venezuela para exponer la situación de Ariamna.
Cabe señala que la Defensoría del Pueblo por instrucciones de la Defensora Nacional Gabriela Ramírez, se ha abocado al caso y han presentado los alegatos correspondientes ante el tribunal sin recibir hasta ahora ninguna respuesta debidamente notificada, de igual manera la Asociación Civil Divas de Venezuela y la defensora Nacional de los derechos de la Mujer María Hernández están realizando gestiones desde Caracas en relación a este caso.
En lo que se refiere a la Defensa Pública, aseguran la actuación ha sido negligente y retardataria y no ha mostrado el debido respeto y atención que amerita este atípico caso por tanto familiares de Ariamna y las asociaciones civiles anteriormente mencionadas, exigen a los órganos del Estado venezolano que el sistema de judicial garantice que sean investigada y sancionada las actuaciones de los funcionarios de la GN, que cese la impunidad ante denuncias por discriminación y crímenes de odio. Y que se garantice el debido proceso.
Situación de Derechos Humanos
de las personas LGBTI en Venezuela.
En relación a Venezuela
la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la OEA en su informe anual
del 2013 relato en su capítulo IV B lo siguiente:
“Las lesbianas, los gays, las
personas trans, bisexuales e intersex (LGTBI). Durante el 2013, la CIDH
continuó recibiendo información sobre altos índices de violencia y
discriminación contra personas LGTBI en Venezuela, en particular en relación
con hombres gay y mujeres trans. Según un monitoreo de asesinatos de personas
trans a nivel mundial, se indica que en los últimos 64 meses (enero de 2008 a
abril de 2013) han ocurrido en Venezuela 64 asesinatos de personas trans, lo
que implica que Venezuela ocupa el cuarto lugar en número de homicidios en la
región de América Latina y el Caribe, después de Brasil, México y Colombia.
Durante el 2013 la CIDH recibió información sobre el asesinato de 12 personas
trans, ocurridas en enero, febrero, abril, mayo, julio, septiembre y octubre en
distintos estados del país: Lara, Vargas, Zulia, Mérida, y Aragua, la gran
mayoría por armas de fuego. La CIDH conoció que el 20 de julio de 2013 fue
asesinado un joven gay de 18 años artista y bailarín en la ciudad de Caracas.
Asimismo, la organización Acción Ciudadana Contra el SIDA (ACCSI) documentó que
ocurrieron 99 crímenes de odio contra personas de la “diversidad sexual” entre
enero de 2009 y agosto de 2013.
Durante el 2013, la CIDH continuó recibiendo información sobre instancias de abuso policial, las cuales durante el 2012 constituyeron una situación recurrente. En respuesta a la situación de abuso policial y violencia perpetrada por agentes de seguridad del Estado, una organización de defensa de los derechos de población LGTBI firmó acuerdos con la Policía de Caracas y la Guardia Nacional Bolivariana el 16 de julio de 2013 en la sede de la Defensoría del Pueblo Delegada del Área Metropolita.
Sin perjuicio de ello, se denunció que apenas una semana después, el 24 de julio de 2013, funcionarios de la Policía de Caracas, Guardia Nacional Bolivariana y efectivos de Policial Militar, hirieron con perdigón y gas a un grupo de mujeres trans en la capital.
Asimismo, se denuncia una falta de una debida respuesta Estatal ante los asesinatos y agresiones de las mujeres trans ocurridos en Venezuela, en particular ante una ausencia de investigación e inactividad por parte del Ministerio Público, en muchos casos en relación con actos de violencia cometidos por agentes estadales.
Por otra parte, la CIDH saluda el pronunciamiento de la Defensora del Pueblo, Gabriela Ramírez, quien el 29 de agosto de 2013 anunció la creación de una Defensoría Especial de Diversidad Sexual, y propuso que fuera la misma comunidad LGTBI quien postule a las personas candidatas para liderar dicha entidad. Asimismo, en su respuesta al proyecto de informe sobre la situación general de derechos humanos en Venezuela, el Estado destacó que “reconoce a la población LGBTTI como población en situación de vulnerabilidad” y señaló que la Defensoría del Pueblo realiza actividades de promoción y divulgación de los derechos humanos de la población LGTBI y que sus funcionarios y funcionarias reciben formaciones en materia de derechos de las personas LGTBI.
En su Informe Anual de 2012, la CIDH conoció un incidente en el cual el entonces Canciller Nicolás Maduro, durante una intervención en medios de comunicación, utilizó expresiones que organizaciones sociales LGTBI en Venezuela consideraron discriminatorias y peyorativas para dicho sector de la población. En esta oportunidad, la inconformidad de las organizaciones sociales motivó al Canciller a retractarse públicamente.
En igual sentido, en el marco de la campaña electoral presidencial del 2013, la Comisión recibió información sobre la utilización de lenguaje altamente discriminatorio por parte del actual presidente Nicolás Maduro en referencia a la orientación sexual del candidato de oposición.
Estos alegatos fueron negados por el Presidente, quien sostuvo que no habría hecho comentarios sobre la vida sexual del candidato de oposición y que si fuera homosexual lo aceptaría. En este mismo sentido, el 13 de agosto de 2013, el diputado por el Partido Socialista Unido de Venezuela (Psuv), Pedro Carreño, utilizó expresiones agraviantes de carácter homofóbico al referirse al gobernador Henrique Capriles Radonski, como un “maricón” y “homosexual” en el marco de una sesión parlamentaria.
A la luz de lo anterior, la CIDH reitera que el discurso negativo y la utilización de epítetos insultantes y peyorativos sobre las personas LGTBI por parte de funcionarios públicos tienen un fuerte impacto sobre el reconocimiento de los derechos de las lesbianas los gays, y las personas trans, bisexuales e intersex. Expresiones como las arriba reseñadas dificultan el debate democrático, legitiman estereotipos altamente nocivos y contribuyen a un clima de hostilidad contra las personas LGTBI y contra quienes defienden sus derechos”.
Para mayor, información comunícate:
E-mail: venezueladiversa@gmail.com
Twitter: @venediver
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Gracias por tu comentario!!!