Un decreto del Ejecutivo brasileño publicado en el Diario Oficial de la Unión garantiza de forma definitiva el derecho de los homosexuales a recibir pensión por la muerte de su pareja.
El Instituto Nacional del Seguro Social (INSS) paga desde el año 2000 pensiones a las personas que demuestran haber tenido una unión estable con un homosexual muerto, pero apenas para cumplir una sentencia judicial y no por determinación del Ejecutivo.
La norma que prevé los beneficios de la Seguridad Social a compañeros de homosexuales fue determinada por el Ministerio de la Previsión Social precisamente para garantizar ese derecho sin depender de una decisión judicial, que podía ser suspendida por un tribunal en cualquier momento.
Según el decreto publicado en el Diario Oficial de la Unión, la norma fue adoptada con base en conceptos del Código Civil Brasileño y de la Constitución que garantizan el bienestar del ciudadano sin ningún tipo de discriminación.
El ministerio tuvo que justificar su decisión con base en el principio constitucional debido a que la legislación brasileña aún no reconoce el matrimonio o la unión civil de parejas del mismo sexo.
Pese a los diferentes proyectos de ley para reglamentar la unión civil de los homosexuales presentados a consideración del Congreso, las iniciativas no han avanzado por presiones de sectores religiosos.
La unión civil entre homosexuales llegó a ser incluida en el Plan Nacional de Derechos Humanos aprobado en diciembre del año pasado por el presidente brasileño, Luiz Inácio Lula da Silva, pero finalmente fue retirada del texto por presión del Episcopado de la Iglesia Católica y de congresistas vinculados a Iglesias evangélicas.
La mayoría de los derechos garantizados hasta ahora para los homosexuales en Brasil han sido conquistados en los tribunales tras largos procesos.
El Instituto Nacional del Seguro Social (INSS) paga desde el año 2000 pensiones a las personas que demuestran haber tenido una unión estable con un homosexual muerto, pero apenas para cumplir una sentencia judicial y no por determinación del Ejecutivo.
La norma que prevé los beneficios de la Seguridad Social a compañeros de homosexuales fue determinada por el Ministerio de la Previsión Social precisamente para garantizar ese derecho sin depender de una decisión judicial, que podía ser suspendida por un tribunal en cualquier momento.
Según el decreto publicado en el Diario Oficial de la Unión, la norma fue adoptada con base en conceptos del Código Civil Brasileño y de la Constitución que garantizan el bienestar del ciudadano sin ningún tipo de discriminación.
El ministerio tuvo que justificar su decisión con base en el principio constitucional debido a que la legislación brasileña aún no reconoce el matrimonio o la unión civil de parejas del mismo sexo.
Pese a los diferentes proyectos de ley para reglamentar la unión civil de los homosexuales presentados a consideración del Congreso, las iniciativas no han avanzado por presiones de sectores religiosos.
La unión civil entre homosexuales llegó a ser incluida en el Plan Nacional de Derechos Humanos aprobado en diciembre del año pasado por el presidente brasileño, Luiz Inácio Lula da Silva, pero finalmente fue retirada del texto por presión del Episcopado de la Iglesia Católica y de congresistas vinculados a Iglesias evangélicas.
La mayoría de los derechos garantizados hasta ahora para los homosexuales en Brasil han sido conquistados en los tribunales tras largos procesos.
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